Publicación de los registros centrales de beneficiarios finales

Conclusión

El número cada vez mayor de jurisdicciones que implementan registros públicos de beneficiarios finales y de jurisdicciones que abren los registros existentes que eran cerrados ha generado un importante debate acerca del particular valor añadido de hacer públicos los datos sobre beneficiarios finales y de si esto es proporcional a las preocupaciones por la privacidad y la seguridad personal.

El presente informe demuestra que el acceso de una serie de grupos de usuarios a los registros públicos de los beneficiarios finales ofrece una gama de beneficios que contribuyen a diversas áreas de las políticas. En algunas de esas áreas (como en la lucha contra los delitos financieros), varios de estos beneficios podrían obtenerse, en un hipotético sistema perfecto, con registros cerrados.

Sin embargo, ejemplos recientes indican que la arquitectura global de la lucha contra la delincuencia financiera dista mucho de ser perfecta, y hasta tanto no se cuente con un sistema perfecto, los registros abiertos son los que permiten alcanzar rápidamente esos beneficios. Otros objetivos de las políticas, como la rendición de cuentas en las adquisiciones, solo pueden alcanzarse con registros abiertos.

Si bien aún siguen apareciendo evidencias que avalan la mayor eficacia de los registros públicos frente a los cerrados, existen razones suficientes para afirmar que los registros públicos sirven al interés público.

Las jurisdicciones que se plantean publicar los datos sobre beneficiarios finales deben ser conscientes de que los posibles beneficios de hacerlo dependerán de cómo se implementen los registros. Los países implementadores deberán, en primer lugar, recopilar los datos en un registro central. Este registro debe ser de libre acceso, sin barreras como los aranceles y las licencias restrictivas, ya que inciden de manera negativa en el uso de los datos. Las evidencias que surgen demuestran que los costos pueden recuperarse sin comprometer la accesibilidad de los datos o la facilidad de hacer negocios. En lo que respecta a la normativa sobre el acceso público, la implementación en todo el mundo indica que la divulgación de beneficiarios finales suele alinearse fácilmente con la protección de datos y otras obligaciones pertinentes. Los implementadores necesitarán articular un objetivo claro y una base jurídica en la ley, idealmente definida de forma amplia (por ejemplo, la rendición de cuentas y el interés público) y no de forma restrictiva (un área específica de políticas como la lucha contra el lavado de dinero). Deberían tener en cuenta las amenazas específicas del contexto a las que los beneficiarios finales pudieran enfrentarse tras la divulgación y que tal vez sean propias de su jurisdicción, y deberían poder mitigar los efectos negativos en la medida de lo posible mediante regímenes de protección, por ejemplo.

Al momento de redactar este informe, se están tratando varias causas judiciales contra los registros públicos. Es importante que la justificación y la proporcionalidad de la transparencia en materia de beneficiarios finales se pongan a prueba en un entorno en el que cada vez hay más datos, y sus resultados sin dudas impactarán en el debate. La transparencia aún no se ha instalado en todas partes, por lo que no se pueden extraer conclusiones sobre los posibles efectos negativos que pudieran surgir en todos los contextos. Ni los implementadores ni los promotores de la transparencia pueden confiar ciegamente en la publicación y deberían tomar en serio las preocupaciones. Prestando la debida atención tanto a las preocupaciones como a todos los beneficios, los implementadores podrán diseñar un régimen eficaz y seguro de transparencia en materia de beneficiarios finales que se adapte a su contexto.